Modelo 130: qué es y cómo se rellena paso a paso
Guía del modelo 130 de pago fraccionado del IRPF para autónomos en estimación directa: quién lo presenta, cómo se calcula y cómo rellenarlo.
Índice
Respuesta rápida
El modelo 130 es el pago fraccionado trimestral del IRPF de los autónomos en estimación directa. Se ingresa el 20 % del rendimiento neto acumulado del año, restando los pagos de trimestres anteriores y las retenciones. No lo presentan los profesionales con al menos el 70 % de sus ingresos sujetos a retención.
Explicación completa
Con el modelo 130 adelantas a Hacienda parte del IRPF que te corresponderá pagar en la declaración de la renta. Es acumulativo: en cada trimestre se toman los ingresos y gastos desde el 1 de enero hasta el final del trimestre.
El cálculo consiste en aplicar el 20 % al rendimiento neto acumulado desde el 1 de enero y restar lo ya ingresado en trimestres anteriores del mismo año y las retenciones que te han practicado.
Si tus rendimientos netos del año anterior fueron de 12.000 € o menos, puedes restar además una pequeña cantidad fija por trimestre (de 25 € a 100 €, según el nivel de rendimientos), prevista en el artículo 110.3 del Reglamento del IRPF.
Quién no tiene que presentarlo
Los profesionales no están obligados a presentar el modelo 130 si, en el año anterior, al menos el 70 % de sus ingresos de la actividad llevaron retención o ingreso a cuenta. Si empiezas la actividad, se mira ese porcentaje en el propio trimestre.
Plazos
Se presenta del 1 al 20 de abril, julio y octubre, y del 1 al 30 de enero del año siguiente para el cuarto trimestre. Si el último día cae en fin de semana o festivo, se pasa al siguiente día hábil. Consulta las fechas exactas en el calendario fiscal.
Ejemplo práctico
Un consultor en estimación directa suma sus ingresos y gastos del primer semestre. De enero a junio ha ingresado 20.000 € y ha tenido 5.000 € de gastos: su rendimiento neto acumulado es de 15.000 €. El 20 % son 3.000 €. Le resta los 1.200 € que pagó en el primer trimestre y 600 € de retenciones de sus facturas: en el segundo trimestre ingresa 1.200 €.
Tabla resumen
| Dato | Periodo que abarca |
|---|---|
| Ingresos computables | Acumulado desde el 1 de enero |
| Gastos deducibles | Acumulado desde el 1 de enero |
| Porcentaje | 20 % del rendimiento neto acumulado |
| Plazos | Consulta el calendario fiscal |
Paso a paso
Reúne tus libros registro
Ingresos y gastos acumulados desde el inicio del año.
Calcula el rendimiento neto acumulado
Ingresos computables menos gastos deducibles.
Aplica el porcentaje
Según la normativa vigente.
Resta pagos y retenciones
Pagos fraccionados anteriores y retenciones soportadas.
Presenta el modelo
En la sede electrónica de la Agencia Tributaria.
Errores habituales
- Usar solo los datos del trimestre en lugar de los acumulados.
- Olvidar restar los pagos de trimestres anteriores.
- No presentarlo cuando el resultado es cero o negativo.
Preguntas frecuentes
¿Hay que presentarlo si sale negativo?
Sí. Si estás obligado a presentar el modelo 130, debes hacerlo cada trimestre aunque no resulte cantidad a ingresar.
¿Quién no tiene que presentar el modelo 130?
Los profesionales en los que, en el año anterior, al menos el 70 % de los ingresos de la actividad llevaron retención o ingreso a cuenta. Al iniciar la actividad, ese porcentaje se calcula sobre el trimestre.
Fuentes oficiales
Contenido informativo. No sustituye el asesoramiento profesional adaptado a tu situación.
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