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Alta de autónomo paso a paso

Cómo darse de alta como autónomo en Hacienda y en la Seguridad Social: trámites, orden, documentación y errores habituales.

Última actualización: Pendiente de revisión profesional

Publicado el

Por Equipo editorial

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Índice

Respuesta rápida

Darse de alta como autónomo implica dos trámites: el alta censal en Hacienda (declaración censal) y el alta en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos de la Seguridad Social. Ambos pueden hacerse online con certificado digital o Cl@ve.

Explicación completa

Para ejercer una actividad económica por cuenta propia necesitas comunicarlo a dos administraciones:

  1. Agencia Tributaria, mediante la declaración censal, donde indicas qué actividad vas a realizar (epígrafe del IAE), el domicilio fiscal y los impuestos que te afectan (IVA, IRPF, retenciones…).
  2. Seguridad Social, mediante el alta en el régimen de autónomos, donde indicas la previsión de rendimientos para calcular tu cotización.

[DATOS PENDIENTES DE VERIFICACIÓN] Orden obligatorio entre ambos trámites, plazos de antelación permitidos y modelos censales vigentes.

Elegir el epígrafe del IAE

El epígrafe describe tu actividad. Hay epígrafes empresariales y profesionales, y la diferencia afecta, por ejemplo, a si tus facturas llevan retención de IRPF.

Ejemplo práctico

Un programador que empieza a trabajar para clientes de forma independiente elige el epígrafe que describe su actividad, marca el régimen de IVA que le corresponde y la estimación directa en IRPF. Después se da de alta en la Seguridad Social indicando su previsión de rendimientos.

Tabla resumen

TrámiteOrganismoDónde
Declaración censalAgencia TributariaSede electrónica AEAT
Alta en autónomosSeguridad SocialImport@ss
Plazos y orden[DATOS PENDIENTES DE VERIFICACIÓN]

Paso a paso

  1. Prepara tu identificación digital

    Consigue certificado digital o Cl@ve para hacer los trámites online.

  2. Elige tu actividad

    Identifica el epígrafe del IAE que describe tu actividad.

  3. Presenta la declaración censal

    Desde la sede de la Agencia Tributaria.

  4. Date de alta en la Seguridad Social

    Desde Import@ss, indicando tu previsión de rendimientos.

  5. Revisa si necesitas licencias

    Algunas actividades requieren licencias municipales o colegiación.

Errores habituales

  • Elegir un epígrafe que no se corresponde con la actividad real.
  • No marcar correctamente las obligaciones de IVA.
  • Dejar pasar los plazos del alta en la Seguridad Social.

Preguntas frecuentes

¿Puedo darme de alta como autónomo si trabajo por cuenta ajena?

Sí, es posible compatibilizar ambas situaciones (pluriactividad). [DATOS PENDIENTES DE VERIFICACIÓN: bonificaciones aplicables.]

Fuentes oficiales

Contenido informativo. No sustituye el asesoramiento profesional adaptado a tu situación.

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